El gobierno promueve una serie de modificaciones en el Código Penal tendientes a ampliar los casos de aborto no punible y a eliminar la obligatoriedad de una denuncia judicial para decidir la interrupción del embarazo como consecuencia de una violación.
En el artículo 1° del nuevo proyecto, que obtuvo preferencia para su tratamiento en el recinto con despacho de comisión, se autoriza la realización del aborto "con el fin de evitar un peligro para la salud o la vida de la mujer". Se omitió así el párrafo siguiente, hoy en vigor, que no castiga la operación "si ese peligro no puede ser evitado por otros medios". Según la diputada de Pro, Cynthia Hotton (Capital), "al eliminar ese párrafo, se habilitaría el aborto aun existiendo otras alternativas".
En el artículo 4, el proyecto establece que si el embarazo fuera producto de una violación "no podrá exigirse denuncia penal para comprobar la relación sexual no consentida" y tampoco "se podrá exigir autorización judicial para realizar el aborto" cuando se trate de los casos no punibles, según el Código Penal.
Según Hotton y sectores de la Iglesia que critican la reforma, en cambio, con estas modificaciones se establece un peligroso precedente, pues entienden que "se estaría dejando la decisión de abortar a la sola manifestación de la embarazada".
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